ESTATUTOS
Estatutos
de la Cooperativa Escolar Castroshop CEIP Castroviejo 6º A
Artículo 1: Constitución:
Nos constituimos como empresa con forma jurídica de
COOPERATIVA.
Artículo 2: Nombre
La empresa funcionará bajo el nombre de: Castroshop
Artículo 3: Objeto Social:
Nuestra empresa tiene la siguiente actividad: Productos
Artesanales Reciclados.
Artículo 4: Duración:
A empresa se constituye en noviembre del 2019 hasta junio del
2020.
Artículo 5: domicilio:
El domicilio social queda establecido en el colegio Doctor
Castroviejo, Calle Duques de Nájera,115, 26005 Logroño, La Rioja.
Artículo 6: Capital Social:
El capital de inversión se fija en 125 euros. Se divide en 25
participaciones de 5 euros cada una.
Artículo 7: La recuperación de la inversión:
Una vez finalizada la venta los socios recuperarán la
inversión, siempre y cuando haya ganancias.
El socio que no coopere pierde la inversión y las ganancias
correspondientes.
Artículo 8: Utilización de los beneficios:
Los beneficios de nuestra empresa se distribuirán de la
siguiente forma:
·
Impuestos
fiscales de un 10 % destinados a la ONG que
elija en su momento.
·
Todo
material fungible y herramientas que sobren se quedarán en el colegio en
concepto de pago de alquiler y servicios.
·
Financiación
de una merendola-fiesta.
Artículo
9:
·
Si
un alumno o alumna se va a otro centro se le devolverá la inversión.
·
Los
alumnos penalizados no se beneficiarán de las ganancias.
El equipo
directivo está compuesto por Presidenta, secretario y tesorero. Se crearán
diversos equipos de compras, publicidad, audiovisual, financiero, logística y
encargados de medios.
Artículo
11: Deberes de los
socios:
Todos los
socios colaborarán en la fabricación de los productos artesanales. Si algún
socio no contribuye con su trabajo en la medida que se espera, el resto de los
cooperativistas tomaran las medidas oportunas:
·
Se
le dará un aviso verbal
·
Ser
sancionado con un negativo.
·
Ser
sancionado con dos negativos.
·
Al
tercer negativo se convocará una asamblea para decidir su futuro en la
cooperativa.
Artículo 12:
En caso de empate en las asambleas, la tutora tendrá el
derecho de decidir el desempate.
Artículo 13:
Los informes de cuentas se presentarán a los socios cada vez
que se gaste o se ingrese dinero.
Artículo
14: Derechos de los socios:
·
Todos
los socios tienen derecho a ser escuchados en la toma de decisiones sobre la
empresa y votar en las mismas.
·
Todos
los socios tienen derecho a ser respetados, esto incluye no recibir burlas,
insultos, comentarios jocosos, etc.
·
Todos
los socios tienen derecho a recibir los beneficios indicados en el artículo 8,
teniendo en cuanta el artículo 11.
PRESIDENTA SECRETARIO TESORERO
Ana López Sergio Hernández José Antonio Pulido
Fdo:
Logroño a 29 de noviembre 2019
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