domingo, 9 de febrero de 2020

Estatutos


ESTATUTOS

Estatutos de la Cooperativa Escolar Castroshop CEIP Castroviejo 6º A

Artículo 1: Constitución:
Nos constituimos como empresa con forma jurídica de COOPERATIVA.

Artículo 2: Nombre
La empresa funcionará bajo el nombre de: Castroshop

Artículo 3: Objeto Social:
Nuestra empresa tiene la siguiente actividad: Productos Artesanales Reciclados.

Artículo 4: Duración:
A empresa se constituye en noviembre del 2019 hasta junio del 2020.

Artículo 5: domicilio:
El domicilio social queda establecido en el colegio Doctor Castroviejo, Calle Duques de Nájera,115, 26005 Logroño, La Rioja.

Artículo 6: Capital Social:
El capital de inversión se fija en 125 euros. Se divide en 25 participaciones de 5 euros cada una.

Artículo 7: La recuperación de la inversión:
Una vez finalizada la venta los socios recuperarán la inversión, siempre y cuando haya ganancias.
El socio que no coopere pierde la inversión y las ganancias correspondientes.
Artículo 8: Utilización de los beneficios:
Los beneficios de nuestra empresa se distribuirán de la siguiente forma:
·         Impuestos fiscales de un 10 % destinados a la ONG  que elija en su momento.
·         Todo material fungible y herramientas que sobren se quedarán en el colegio en concepto de pago de alquiler y servicios.
·         Financiación de una merendola-fiesta.

Artículo 9:
·         Si un alumno o alumna se va a otro centro se le devolverá la inversión.
·         Los alumnos penalizados no se beneficiarán de las ganancias.

 Artículo 10: Departamentos:
El equipo directivo está compuesto por Presidenta, secretario y tesorero. Se crearán diversos equipos de compras, publicidad, audiovisual, financiero, logística y encargados de medios.

Artículo 11: Deberes de los socios:
Todos los socios colaborarán en la fabricación de los productos artesanales. Si algún socio no contribuye con su trabajo en la medida que se espera, el resto de los cooperativistas tomaran las medidas oportunas:
·         Se le dará un aviso verbal
·         Ser sancionado con un negativo.
·         Ser sancionado con dos negativos.
·         Al tercer negativo se convocará una asamblea para decidir su futuro en la cooperativa.

Artículo 12:
En caso de empate en las asambleas, la tutora tendrá el derecho de decidir el desempate.

Artículo 13:
Los informes de cuentas se presentarán a los socios cada vez que se gaste o se ingrese dinero.

Artículo 14: Derechos de los socios:
·         Todos los socios tienen derecho a ser escuchados en la toma de decisiones sobre la empresa y votar en las mismas.
·         Todos los socios tienen derecho a ser respetados, esto incluye no recibir burlas, insultos, comentarios jocosos, etc.
·         Todos los socios tienen derecho a recibir los beneficios indicados en el artículo 8, teniendo en cuanta el artículo 11.



PRESIDENTA                     SECRETARIO                           TESORERO
Ana López                         Sergio Hernández                   José Antonio Pulido
Fdo:

Logroño a 29 de noviembre 2019

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